Se exceptúan de las inspecciones periódicas indicadas en las letras a) y b) anteriores a los establecimientos industriales cuya densidad de carga de fuego ponderada y corregida (Qs), calculada según el anexo I del Reglamento admitido por el presente real decreto, no supere 42 MJ/m2, siempre que su superficie construida https://redcontraincendioscali49383.bloggin-ads.com/59303914/un-imparcial-vista-de-red-contra-incendios-bogota